¿Está pensando donarle una propiedad a un ser querido? Le oriento que para donar una propiedad inmueble en Puerto Rico tiene que hacerlo mediante Escritura Pública ante Notario.

En esta transacción el donante se obliga a entregar y transmitir gratuitamente al donatario la titularidad de un bien y el donatario tiene que aceptarlo. Por lo que, ambas partes tienen que firmar la Escritura de Donación.

La donación es válida cuando quien regala, se reserva para sí bienes suficientes para subsisitir, ya sea en propiedad o en usufructo. O sea, el donante no puede quedarse sin nada! Además, nadie puede donar mas de lo que puede disponer por Testamento!

Uno de los cambios mas significativos en la ley sobre este tema, es que a partir del nuevo Código Civil del 2020, se pueden hacer donaciones entre cónyuges. Esto antes estaba prohibido!

En nuestra oficina trabajamos la Donación de propiedades inmuebles. Primeramente, solicitamos un estudio de título para evaluar que todo esté en orden en el Registro de la Propiedad, antes de autorizar la Escritura.

Además, en estos casos hay que realizar un proceso ante el Departamento de Hacienda, que también trabajamos. Una vez se obtenga la certificación o relevo de donación, podemos presentar los documentos al Registro de la Propiedad para su inscripción, de tal manera que conste quien es el nuevo dueño(a).

Importante que como parte de esta transacción, se realice la gestión de solicitar el cambio de dueño ante el CRIM, servicio que también ofrecemos. En caso de que la propiedad pase a ser la vivienda principal del nuevo dueño(a), le solicitamos la Exoneración Contributiva.

Al finalizar, entregamos a las partes involucradas la evidencia de que se radicaron todos los documentos en el Registro de la Propiedad y en CRIM.

Si desea una orientación mas detallada sobre este asunto, comuníquese para coordinar una cita telefónica o presencial.